jueves, 28 de julio de 2011

SE CREO LA POLICÍA RURAL

Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz, Campana y Zárate.

INFORME COMISIÓN DE SEGURIDAD:

El día martes 5 se realizó en San Andrés de Giles el acto de presentación de la Superintendencia de Policía Rural, de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

Se dio lectura a la disposición del Ministro Dr Casal que crea la Superintendencia.

La jefatura de la misma tendrá asiento en la ciudad de La Plata y estará integrada por 10 jefaturas zonales, a saber: Conurbano norte, Conurbano sur, Olavarría, Dolores, Chivilcoy, Pehuajo, Pergamino, Bahia Blanca , Mar del Plata, Tres Arroyos.

Personal: patrullas rurales, programa de lucha contra el delito en el campo. Más / menos 1800 efectivos.

Se prevee la incorporación de hasta 2 personas por distritos conocedores de la problemática rural y del medio. la remuneración esta prevista mediante convenio de Ministerio de Seguridad y Justicia y sociedades rurales.

Medios: 180 camionetas - cuatriciclos - motocicletas - caballos. Se adjunta resolución 2663/01/07/2011

Tareas a desarrollar: inteligencia - prevención - investigación. Todo este trabajo bajo mando unificado.

DUE : Se implementa de inmediato la ley de documento único equino mediante la utilización de chip. Esta tarea será antecedente del chip en bovinos en todo el ámbito provincial.

Asistió al acto el Sr Presidente de CARBAP , Dr. Alberto Frola, acompañado por el coordinador de la Comisión de Seguridad, Pedro Apaolaza y el Director Ejecutivo , Alfredo Rodes asimismo se hicieron presentes representantes de Sociedades Rurales vecinas, entre ellas Exaltación de la Cruz, Campana y Zarate, ARPAE, Giles, etc.

Resolución 2663/01

LA PLATA, 1 de julio de 2011.

VISTO el expediente N° 21.100-196.713/11, a través del cual tramita la creación de una Superintendencia en la especialidad de Delitos Rurales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 13.482 se creó la Patrulla Rural en el ámbito de cada municipio con zona rural de la Provincia de Buenos Aires, tanto en aquellos que hubieren adherido al régimen de Policía de Seguridad Comunal, como también en aquellos que estén sujetos a la Policía de Distrito;

Que por Resolución del entonces Ministro de Seguridad N° 882 del 21 de junio de 2005, se creó el Programa de Lucha Contra el Delito en el Campo, con injerencia en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 359 del 16 de julio de 2010, se aprobó la estructura orgánico funcional de la Superintendencia General de Policía;

Que en función de los principios básicos emergentes de la Ley N° 13.482 deviene menester optimizar la respuesta brindada a todas las cuestiones involucradas en la compleja problemática que implica la Seguridad Pública;

Que en la actualidad, atento la realidad criminológica imperante en las zonas rurales, se torna necesario adoptar distintas medidas que permitan profundizar el actual ensamble policial, basado en el principio de especialización de modo tal de lograr una mayor unidad de criterio, eficacia y proactividad, tendiente a fortalecer aún más el sistema de seguridad pública, ahondando en la respuesta operativa frente al delito en tales zonas;

Que a los fines propuestos, corresponde en esta instancia, proceder a la creación de la Superintendencia de Seguridad Rural, destinada a coordinar y supervisar en forma directa la ejecución de las tareas operativas relacionadas a la lucha contra el delito en el campo, en sus aspectos preventivo e investigativo;

Que en orden a lo expuesto, deviene necesario organizar el esquema de regionalización operativa, que dependerá de dicha Superintendencia, guardando fundamento en la información que suministra el mapa del delito;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Superintendencia General de Policía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4°, 7°, y 21 de la Ley N° 13.482 y la Ley N° 13.757 y sus modificatorias;

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Crear en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad, Superintendencia General de Policía, la Superintendencia de Seguridad Rural, de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto, la que se incorpora a la estructura orgánico funcional de la Superintendencia General de Policía aprobada por la Resolución N° 359/10.

ARTÍCULO 2º.- El órgano creado por el artículo precedente estará a cargo de un Oficial de Conducción del Subescalafón Comando, con el grado de Comisario/a General.

ARTÍCULO 3º.- Crear en el ámbito de la Superintendencia de Seguridad Rural, las Jefaturas Zonales de Seguridad Rural, enumeradas en el Anexo I de la presente, con rango orgánico de Departamento, las que estarán a cargo de un Oficial de Conducción del Subescalafón Comando con el grado de Comisario/a Mayor.

ARTÍCULO 4º.- La dotación inicial de personal de la Superintendencia cuya creación se dispone por el artículo 1° se conformará con el que actualmente se desempeña en el marco del Programa de Lucha contra el Delito en el Campo y con aquel perteneciente a la Patrulla Rural de la Policía de Seguridad de Distrito, en los términos de los artículos 90 y ccdtes. de la Ley N° 13.482. Dicha dotación se incrementará progresivamente con aquel que la autoridad de aplicación resuelva asignar a esos fines.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Superintendencia cuya creación se dispone por el artículo 1º tendrá además de las funciones que se enumeran en el Anexo II de la presente la de presente, la de coordinar a través de las Jefaturas Zonales de Seguridad Rural, la labor de la totalidad de las Patrullas Rurales de la Policía de Seguridad Comunal, previstas en los artículos 89 y ccdtes. de la Ley N° 13.482, contando con la colaboración permanente de los Destacamentos y Puestos de Vigilancia asentados en zonas rurales para el cumplimiento de su cometido.

ARTÍCULO 6º.- Determinar que el organismo que se crea por el artículo 1°, deberá propiciar e impulsar el Nomenclador de Funciones y Directorio de Competencias, de acuerdo al nivel orgánico asignado.

ARTÍCULO 7º.- Registrar, comunicar, notificar a la Secretaria General de la Gobernación - Dirección Provincial de Personal -, publicar, dar al Boletín Informativo y al SINBA. Cumplido, archivar.

Dr. RICARDO CASAL

Ministro de Justicia y Seguridad

de la Provincia de Buenos Aires

ANEXO I

JEFATURAS ZONALES DE SEGURIDAD RURAL

a) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL CONURBANO NORTE:

Integrada por los Partidos de Zárate, Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz , Luján, General Rodríguez, Moreno, General Las Heras, Marcos Paz, Merlo, La Matanza , Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, General San Martín, Tres de Febrero, Hurlingham, Morón, Ituzaingó, San Miguel, José C Paz, Pilar y Malvinas Argentinas.

b) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL CONURBANO SUR:

Integrada por los Partidos de: Ezeiza, Esteban Echeverría, Almirante Brown, Lomas de Zamora, Lanús, Avellaneda, Quilmes, Presidente Perón, Florencio Varela, Berazategui, Ensenada, La Plata y Berisso.

c) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL OLAVARRIA:

Integrada por los Partidos de: Olavarría, Tapalqué, Las Flores, Azul, Bolívar, General Alvear, Benito Juárez, Tandil, Rauch, General La Madrid y Laprida.

d) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL DOLORES:

Integrada por los Partidos de: Coronel Brandsen, Lobos, San Miguel del Monte, San Vicente, Cañuelas, General Paz, Magdalena, Punta Indio, General Belgrano, Chascomús, Roque Pérez, Saladillo, Pila, Maipú, General Guido, Dolores, Tordillo, Castelli, Ayacucho, General Madariaga, General Lavalle, Pinamar, Partido de la Costa y Villa Gesell.

e) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL CHIVILCOY:

Integrada por los Partidos de: Nueve de Julio, Bragado, Alberti, Chivilcoy, Suipacha, Mercedes, Navarro, San Andrés de Giles, Veinticinco de Mayo, Carmen de Areco, San Antonio de Areco y Salto.

f) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL PEHUAJO:

Integrada por los Partidos de: Pehuajó, Carlos Casares, Guaminí, Daireaux, Tres Lomas, Salliqueló, Peiegrini, Trenque Lauquen, General Villegas, Rivadavia, Carlos Tejedor, Junín, Chacabuco, Florentino Ameghino, General Pinto, General Arenales, Lincoln, General Viamonte, Adolfo Alsina, Leandro N. Alem, Hipólito Yrigoyen y Rojas.

g) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL PERGAMINO:

Integrada por los Partidos de: Pergamino, Colón, Arrecifes, Capitán Sarmiento, San Nicolás, Ramallo, San Pedro y Baradero.

h) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL BAHIA BLANCA:

Integrada por los partidos de: Bahía Blanca, Coronel Rosales, Púan, Tornquinst, Villarino, Carmen de Patagones y Saavedra.

i) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL MAR DEL PLATA:

Integrada por los Partidos de: General Pueyrredón, General Alvarado, Mar Chiquita, Balcarce, Necochea, Lobería y San Cayetano.

j) JEFATURA ZONAL DE SEGURIDAD RURAL TRES ARROYOS:

Integrada por los Partidos de: Tres Arroyos, Coronel Dorrego, Adolfo Gonzáles Cháves, Coronel Suárez, Coronel Pringles y Monte Hermoso.

ANEXO II

SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD RURAL

Funciones

- Ejercer la conducción y coordinación operativa del personal bajo su mando, para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas ordenadas, conforme a las normas constitucionales legales y reglamentarias vigentes.

- Realizar el análisis de la situación delictiva en el ámbito de su competencia.

- Vigilar el cumplimiento de las instrucciones generales y particulares emanadas del Ministerio de Justicia y Seguridad y de la Superintendencia General de Policía.

- Ejercer la Superintendencia en el ámbito de su competencia, fiscalizando el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas, cuya observancia corresponda a su personal.

- Ejercer las facultades que en materia administrativa disciplinaria legalmente le correspondan.

- Disponer que su personal actué, cumpliendo los deberes y derechos propios del funcionario policial, de acuerdo al ordenamiento legal vigente.

- Impartir instrucciones para el correcto desarrollo de las investigaciones judiciales, como así lo inherente a las diligencias, preservación de pruebas y toda otra diligencia que fuera necesaria o surgiere de la investigación.

- Coordinar el cumplimiento de las resoluciones y órdenes que imparta la autoridad judicial competente.

- Coordinar acciones e intercambio de información con otros organismos de la administración en materia rural.

- Disponer el diseño e implementación de bases de datos y sistemas informáticos vinculados al delito rural.

- Recepcionar sugerencias y propuestas de entidades provinciales, municipales o de la sociedad civil.

- Diagramar y proponer a la autoridad de aplicación la realización de planes de acción acorde al índice delictivo en el ámbito de competencia.

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